Saltar al contenido Principal Saltar al Buscador

Fallos: 20:274 de la CSJN Argentina - Año: 1878

Anterior ... | Siguiente ...

foja noventa vuelta, con costas, y satisfechas estas y repuestos los sellos devuélvanse.

3. B. GOROSTIAGA. — 4. DOMINGUEZ. —
O. LEGUIZAMON. — ULADISLAO FRIAS.
e

CAUSA LXXVIINI.
D. Agustin Nazarre contra D. Edmundo Desplangue sobre cobro de alquileres Sumario. — Las modificaciones á un contrato hecho en escritura pública, y negadas por una de las partes, solo pueden probarse con otra escritura pública.

Caso.— En Febrero de 1875. D. Agustin Nazarre y D, Edmundo Desplangue celebraron, por escritura pública, un contrato por el cual el primero dió en arrendamiento al segundo una casa, calle Artes N" 187, por el término de ocho años, siendo el cánon convenido tres mil pesos m/c. mensuales los cinco primeros años, y cuatro millos tres restantes, debiendo pagarse

Anterior ... | Siguiente ...

Apoya a Universojus!
Invitame un café en cafecito.app

Compartir

63

Citar Página

Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente referencia:

Año: 1878, CSJN Fallos: 20:274 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-20/pagina-274

¿Has encontrado algún error en el texto?

Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 20 en el número: 274 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.

Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos