centavos fuertes, que importan las mercaderías y sus derechos, segun la liquidacion que corre á f. 13 vuelta.
Hágase saber y repónganse los sellos.
Andrés Ugarriza.
Falle de la Suprema Corte Buenos Aires, Agosto 10 de 1878.
Vistos: por sus fundamentos, se confirma, con costas, el auto apelado de foja ochenta y cinco, y satisfechas estas y repuestos los sellos, devuélvase.
1. B. GOROSTIAGA.—J. DOMINGUEZ. —
O. LEGUIZAMON. — ULADISLAO FRIAS.
— E evil
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Año: 1878, CSJN Fallos: 20:270
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