parado y que ha tenido lugar no conmigo sinó conla casa social de «Gramajo hermanos.» Ademas, cuatro testigos ignoran el hecho: uno crée que han entregado 13,000, y los hermanos Mendilbarza creen lo queindica la pregunta; pero, ninguna contestacion es de cienciacierta.
El hecho de la 7°, de si Merchotó Bascary habian pagado las letras con los cueros y suelas, es una repeticion del de la 2", y sin embargo, de los dos testigos, que han declarado, el primero; Ardoy dice, que lo oyó á Bascary, y Desiderio Mendilharza, que infiere que se haya hecho el pago.
El hecho de la 8, es ignorada por todos.
Esta prueba testimonial, en la cual -ni un solo testigo declara saber de cierto que se ha verificado el pago de las letras, es completamente nula en su valor, y sin embargo se invoca muchas veces como fundamento del auto apelado.
Paso ahora á examinar los considerandos de éste:
En cuanto al 1° debo decir, que en virtud del documento def. 51os principales obligados para conmigo que verifiqué el pago, no son Bascary y Merchot, como lo afirma el Juez Seccional sinó los dos coaceptantes Lacabera y Apestey. Siel convenio hubiera sido como lo entiende el juez d quo habria debido decir: «sí Bascary y Merchot no entregan las sumas necesarias, el aceptante tendrá accion sobre ellos, y en caso deno cumplir estos, tendrá accion sobre los coaceptantes.» En cuanto al 2° considerando, debo manifestar que es completamente contrario á la declaracion hecha por la Suprema Corte en el auto de 18 de Noviembre de 1864.
En cuanto al 3° considerando, debo declarar que Bascary nada me ha entregado á mí, porque los negocios de suelas y cueros eran con «Gramajo hermanos,» que hacen una entidad enteramente distinta de la mia, como lo demuestran los principios de que el socio puede ser acreedor dela sociedad, artículo470 del Código de Comercio, y el de no
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Año: 1865, CSJN Fallos: 2:357
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