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Fallos: 2:111 de la CSJN Argentina - Año: 1865

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Espresando agravios dice : Corresponde que el fallo recurrido sea revocado en todas sus partes, con la espresa declaracion deque Merlino y su esposa deben á Navarro el importe del pagaré de foja primera.

Antes de entraral fondo de la cuestion, es conveniente recordar una circunstancia grave que influye y debe tenerse presente al resolverse esta causa.

La circunstancia á que me refiero son las contradicciones y falsedades en que ha incurrido Merlino durante la prosecusion del juicio en l° instancia.

Negó resueltamente toda intervencion de Navarro en el arreglo de sus negocios con Perissé y Compañía, y mientras tanto confiesa despues esa intervencion, pero dando, es verdad, á Navarro solo el carácter de representante de Perissé.

Ha cometido despues una doble falsedad, á sabiendas, porque no podia dejar de tener conocimiento perfecto de los verdaderos hechos.

Notada esta circunstancia, paso á ocuparme del fondo del asunto.

Negada por Merlino y su esposa la verdad del documento de foja 1°, por la razon de que Navarro no habia intervenido para nada en el arreglo de los asuntos con Merlino y Perissé, la cuestion á falta de testigos que hubiesen presenciado el otorgamiento del pagaré, se reducia á probar que Navarro prestó realmente el servicio que dió orígen á la obligacion del documento de foja primera.

El Juez de Seccion ha declarado no haberse acreditado el hecho fundamental de la demanda; pero para hacer esta afirmacion se apoya en fundamentos que no resisten á un exámen sério.

Dos testigos declaran de ciencia propia que realmente Navarro intervino por Merlino en el citado arreglo, con la circunstancia especial, de que aquellos testigos han estado, hasta cierto punto, en la necesidad de conocer el hecho acerca del cual deponen.

Segun el Juez Seccional uno de esos testigos, el señor

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Año: 1865, CSJN Fallos: 2:111 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-2/pagina-111

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