varón de una marea usada y acreditada durante años por su propietario, formulada por quien algún tiempo después de haber vencido el registro de aquélla y antes de que se pidiera su renovación, solicitó la coneesión de otra k marea confundible con la primera.
SENTENCIA DEL JUEZ FEDERAL
Buenos Aires, octubre 26 de 1939.
Y Vistos: Resultando: 1 Que a fs, 2, se presenta Enrique de Marval, iniciando demanda a fin de que sea desestimada la oposición deducida al registro de la marea " Philico"", solicitada para la elase 20, bajo el acto N" 147.164. Expone que su mandante solicitó en fecha 12 de mayo de 1930 la marea en cuestión; que la oposición deducida no se fundó por euya cireunstaneia no puede considerarse como tal, porque ello importaría colocar en situación de desventaja al peticionante de la marea, obligado a demandar sin eonocer con exactitud los argumentos de la oposición. Sostiene además que la demandada no puede oponerse por no tener mareas en vigor y porque la a por la actora no tiende a inducir en confusión, TO aos en un todo a lo dispuesto por los arts. 39, 4" y 5" y concordantes de la ley No 3075, Sostiene ser aplicables al caso los arts, 32, 33 y concordantes de la ley citada y eoneluye solicitando se declare improcedente por ilegal la oposición deducida, con costas, dejando a salvo sus derechos para reclamar indemnización de daños y perjuicios, 2 Corrido traslado de la demanda, luego de sustanciada la excepción de arraigo opuesta, lo evacúa a fs. 38 Alberto Lodieu, por la demandada, solicitando su total rechazo, con costas. Niega todos los hechos expuestos en la demanda en cuanto no los reconozca expresamente. Expone que su mandante fué propietario de la marea °°Phileo" desde el 31 de marzo de 1920, registro que se dejó veneer por °°inadvertencia, propia de la distancia", Expresa que las palabras "°Phileo" T °°Philico", presentan caracteres de similitud tales que las acen fácilmente confundibles, Cita varios easos en los cuales, por razones de buena fe, se denegó el registro, a favor de un comerciante, de mareas no en vigencia pero utilizadas Jargamente por otro. Indica que su parte, por neta N" 149.000 ha solicitado el registro de la marca "Phileo" para la clase 20, a lo cual se ha opuesto la actora y reconviene a los efectos del otorgamiento de la misma.
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Año: 1941, CSJN Fallos: 189:332
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