derecho a reclamo. Contra tal fallo, se trae recurso extraordinario para ante V. E., sosteniendo la recurrente que, mediase o no vínculo contractual, tiene acción para impedir siga reputándose válido en Buenos Aires el registro de la marca Abate Hamon por una persona que ni poseía tal nombre, ni era fabricante siquiera del producto. Viene a revisión, entonces, no ya lo relativo a prueba del víneulo contractual —cuestión de hecho— sino la personería para aecionar, sin ese vínculo, enestión de derecho. Bajo tal concepto, el recurso me parece admisible.
En cuanto al fondo del asunto, dada la forma en que se desarrollaron los hechos materia de este litigio, conceptúo inmoral sigan permitiendo los tribunales que el señor Garese usufruetúe una marca que verosímilmente le hubiera negado la oficina respectiva, en caso de disponer de los elementos de criterio ahora reunidos. Hubo ocultamiento, equiparable a fraude; y no sería posible considerar recta interpretación de la ley N° 3975, la que conduzca a garantizar una clara usurpación de marca ajena.
El objeto de la ley, es muy otro: amparar al comercio honesto, haciendo que cada cual se conforme con lo suyo. Nada impedía a Garese registrar otra denominación, Opino, en consecuencia, que corresponde revocar el fallo apelado en cuanto pudo ser materia del recurso.
— Buenos Aires, ugosto 19 de 1940. — Juan Alvarez.
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, abril 30 de 1941.
Y Vistos: Los del recurso extraordinario concedido a fs. 145 en los antos: "Guerrier viuda de Bouvard
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Año: 1941, CSJN Fallos: 189:317
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