Doña María Elia de Llavallol contra ta provincia de Huevos Mires, sobre devolución de dinero, Perención de la instancia, Sumario: Procede declarar operada la caducidad de la instancia.
en un caso en que ha trascurrido e' término establecido por el articulo 1, inciso a) de la ley número 4550, desde el último pedido formulado por la parte, tembiente a activar el procedimiento.
Caso: Lo explica el siguiente:
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, Octubre 2 de 1931.
Y Vistos:
El incidente sobre caducidad de la instancia, promovido por el representame de la provincia de Buenos Aires en el juicio sobre inconstitucionalidad de ley iniciado por doña Maria Elia de Llavallol: y Comsiderambo :
ue desde el pedido formulado a fujas 6 por el represen tante de la jarte actora destinado a activar el procedimiento.
ha trascurrido un tiempo mayor del necesario para que se opere la perención de la instancia en el "sub juice". Articnto 19, in= ciso 7 de la ley número 4550.
Por elo se declara epersda la caducidad de la instancia.
siemlo las costas a cargo del actor. Notifíquese y repónase el papel.
J. Fisrenos Arcorta. — Romerro Revetro. — ANTONIO SAGARN A.
Junias V. Pers.
Compartir
92Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente
referencia:
Año: 1932, CSJN Fallos: 163:27
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-163/pagina-27¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 163 en el número: 27 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos
