E 365 FALLOS DE LA CORTE SUPREMA
EEES de dicho territorio lo condenó a sufrir la pena de veinticinco É S . ños de presidio; accesorias legales y costas. sentencia que E mé reformada por la Cámara Federal de La Pinta, redución e odola 5 quince años de la misma pena. Concedido el recurso O de apelación la Corte Suprema con fecha veintisiete Je diciem.
bre de 1022, shidos los" antecedentes y circunstancias en. que e aparece cometido el delito y de conformidad con lo dispuesto E: SAA por los artículos JO, 41 y 79 del muevo Código Penal, confirmó la sentencia apelida por lo que hace ala calificación del de Zn mo de homicidio, y ada pena impuesta al reo, la que deberá cumplirse como de reclusión, con los efectos legales determi PES nados en ePartículo 12 del mismo Código y las costas del juicio.
Con fecha veintimieve no se hizo lugar a la. queja deduco NE cida por don Servando "T. Gomez en el juicio seguido por e "Sánchez Pedro T. contra Salvador Guglialmone, sobre deste lojo". por no «parecer que para ante la Corte Suprema se Tu a hicra interpuesto recurso alguno que le Imbieso sido denegado Li ——]]——— .
> Con fecha diez y siete, de enero de mil novecientos veinti- .
y tres.el señor Ministro de Feria ordeno se concurriera dónde EX corresponda, en el recurso de habras corpus interpuesto por y dón Juan Rafael Caputo, por no corresponder el conocimiento, E en primera instancia, de los casos de habras corprsa da ju risficción erigimria de la Corte Suprema.
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Año: 1922, CSJN Fallos: 137:368
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