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Fallos: 121:169 de la CSJN Argentina - Año: 1915

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de DE JUSTICIA DE LA NACION 169 .

1865 por el gobierno de la provincia de San Luis a cuya jurisdicción le corresponde, de conformidad con el laudo arbitral y adjudica al señor Harding en sustitución de la misma 6.002 heztáreas de tierra fiscal en la parte Sud del lote número 8, fracción G del territorio de la Pampa Central y le reconoce al mismo tiempo el derecho a ser indemnizado por los daños y perjuicios que le irroga el cambio de ubicación, todo lo cual fué apro— bado por ley del Congreso número 4308.

7" Que otro tanto sucede con el reclamo de don Domingo Fúmes, según consta en el expediente E. número 1990 quien manifiesta ser propietario de la mitad del lote número 11 que fué vendido por el Gobierno de la Nación, y en cuya virtud está obligado a evincir la tierra vendida, pues resulta una superposición con la propiedad de los sucesores de don Tomás Armstrong en tierras que fueron vendidas por el gobierno de San luis en 1865. Atentos los informes favorables del jefe de la División de Tierras de la Oficina de Geodesia, de la División de Agricultura y del Procurador de la Nación, el Poder Ejecutivo dicta el de- :

ereto que corre a fs. 20, con fecha Septiembre 1." de 1904, reconociendo que el señor Fúnes adquirió 5.000 hectáreas ubicadas en el lote número 11 fracción D., sección 1", por compra a Pisttoleti, quien las hubo por compra al doctor Escalante, y com prendidas en las tierras que la provincia de Córdoba cedió a la Nación, que después quedaron en jurisdicción de la provincia de San Latis, en virtud del laudo arbitral de Noviembre 28 de 1883. :

Que de la mensura practicada por el agrimensor dor Jorge Pointu Norés, la mitad de dicho lote se superpone a la propiedad de la sucesión Armstrong en una extensión de 465 hectáreas, y en consecuencia le adjudica en propiedad al señor Fúnes 405 hec- | táreas en el lote número 28, fracción D., sección 1", de la provincia de Córdoba, y que la indemnización será resuelta por áarbitros nombrados al efecto, lo que también fué aprobado por la Y ley del Congreso número 5320. :

8." Que en el expediente administrativo D, número 1022, 1 corre a fs. 1, la declaración interpuesta ante el Gobierno de la ú Nación por don Jorge M, Dixon, en virtud de la compra que | 3 5] 4

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Año: 1915, CSJN Fallos: 121:169 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-121/pagina-169

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