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Exhorto del juez de sección de Córdoba al de igual clase de BaN hía Blanca, solicitando se libre mandamiento de intimación y embargo contra José A. Blanch, vecino de Necochea.
Sumario: No es necesario para darse cumplimiento a un exhorto £ librado de acuerdo con lo dispuesto en el articulo 11 del re1 glamento de los juzgados de sección, el heho de que no se acompañe el titulo de la obligación o las constancias del proLE ceso en que se funda el auto o sentencia, por no estar autorizado el juez exhortado para oponerse a su diligenciamiento, por la ley ni por los reglamentos a que se refiere el articulo i 10 de la ley 4055.
EXHORTO DEL JUEZ DE SECCIÓN DE CÓRDONA k Córdoba, Abril 7 de 1913.
Señor Juez Federal de Bahía Blanca:
En el juicio que por cobro ejecutivo de pesos sigue el señor Eduardo Lazcano y otros contra José A. Blanch, se ha resuelto exhortar a U.S. a fin de que se sirva ordenar se oficie al juez de É paz de Necochea para que requiera de pago al demandado, domiciliado en esa localidad, por la suma adeudada de veintiséis y mil catorce pesos siete centavos moneda nacional! ($ 26.014.07 moneda nacional) más sus intereses y costas que provisoriamente se estiman en mil pesos de igual moneda ($ 1.000.— c|!-). y en su defecto, que se trabe embargo en bienes de su propiedad, suficientes para cubrir las sumas expresadas,
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Año: 1913, CSJN Fallos: 117:252
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