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Fallos: 11:467 de la CSJN Argentina - Año: 1871

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Fallo del Juez Seccional.

Buenos Aires, Febrero 24 de 1872.

Y vistos estos autos seguidos por el Procurador Iparraguirre, en representacion de D. Benito Restelino y los Sres. Coll y C', contra D. Lorenzo Grasso, como propietario y armador del vapor « Lolita,» por suministras hechos al capitan de artículos para la provision del referido vapor, y resultando de ellos: 19 Que los demandantes no han acompañado á la demanda mas documentos justificativos que las cuentas que corren á f..... que no contienen el conforme del demandado, ni del capitan, por cuya órden se dice haberse hecho la provision. — 20 Que el demandado en su contestacion á f. 10 niega absolutamente los hechos en que se funda la demanda, la misma negativa que ralifica despues en el juicio verbal á f. 14 vuelta. — 39 Que recibida la causa á prueba, solo han producido el testimonio de Antonio Martello, f. 31 vuelta, José Gamba, f. 32, Juan Gamba, f. 33, y Tomás Iglesias f. 33 vuelta. Y considerando: 1° Que negados por el demandado los hechos fundamentales de la demanda, corresponde á los actores la prueba. — 2° Que la responsabilidad de los dueños 6 armadores por las obligaciones contraidas por el capitan, solo es efectiva cuando se justifica la inversion de las cantidades debidas en beneficio de la embarcacion, artículos 1067 y 1107 del Código de Comercio, y 30 Que ninguno de estos puntos ha sido probad», pues de las declaraciones de los testigos solo la de Juan Gamba afirma que la inversion se hizo en provecho del buque, no teniendo valor alguno como singular. — Por

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Año: 1871, CSJN Fallos: 11:467 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-11/pagina-467

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