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Fallos: 105:318 de la CSJN Argentina - Año: 1906

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Por estos fundamentos y los concordantes aducidos por el señor Procurador General se revoca la resolución apelada y se declara que la justicia federal es competente para entender en el presente juicio. Notifíquese con el original y repuesto el papel, devuélvase.

A. Bruueso.—M. E. Dansct.— C. Moyaxo GaciTÚA.

CAUSA CXHUI
Don Benjamin Alfonso contra don Curlos Herrán, por cobro de pesos; conflicto suscitado entre el Juez de Comercio de la capital y el de igual clase de La Plata, sobre lerantamiento de un embargo.

Sumario.—Siendo el embargo trabado en un inmueble para garantir las resultas de un juicio de reivindicación (art.

447 del Código de Procedimientos), posterior en fecha ul trabado sobre el mismo bien en un juicio por cobro ejeca" tivo de pesos, corresponde que aquél sea levantado ú los efectos de escriturar la venta realizada en este segundo juicio.

Caso:—Lo explican lus piezas siguientes;

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Año: 1906, CSJN Fallos: 105:318 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-105/pagina-318

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