| CAUSA XCIIH . 1 Don Héctor Ji Jura contra he Provincia de Corrientes, por | cobro de pesos; sobre revisión de liquidación | | Sumario. > El interés del Sp. al año puede, razonablemente, 4 considerarse como el tipo medio de los cobrados por el Han- i co Nacional y el de la Nación, en sus operaciones ordivarias i de descuento, durante el tiempo comprendido entre el 29 de E Enero de 1871 y el 29 de Octubre de 194 Y No estando ordenada en la sentencia, ho procede la capita- o lización de los intereses.
3» Las liquidaciones jadicinles consentidas. deben ser guar «Judas Caso:—Resulta del siguiente E FALLO DE LA SEPREMA CORTE r Buena Aires, Setiembre 27 de 1906 :
Y vistos estos antos, resulta:
Que don Enrique J. Luzuriaga, por el doctor J. Héctor Jara eomo último cesionario de los derechos y aeciones de don José León Cáceres deducidos en el juicio seguído contra la Provincia de Corrientes, sobre devolución de cuatro mil quinientos pesos oro de diez y siete por onza, expone:
Que la sentencia pronunciada por esta Corte, con fecha 4
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Año: 1906, CSJN Fallos: 105:159
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