sión del requisite indicado de protesta hace improcedente el reclamo de devolución de impuesto Y Por esto: se absuelve, vido el Señor Procurador General, ú la Provincia de Corrientes de la demanda de fs 95, debiendo las costas abonarse en el orden causado en virtud de la naturaleza del asunto.
Notifíquese con el original y repuestos los sellos, urchívese | Ocravio BrxoE. — Nicasor G.
PEL SoLar.—M, P. Danact.— A. HerxEJO,
CAUSA CXNXVIL
Recurso de hecho deducido por Don Domingo Nereo y otras, en autos con Don Enrique Spangemberg, sobre división de herencia. Competencia.
Sumario.—La justicia federal es incompetente para entender en un caso de división de bienes hereditarios, cuando el Mero federal no corresponde ú cada uno de los demandudos en razón de distinta vecindad.
Caso. —Lo explican las piezas siguientes:
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Año: 1904, CSJN Fallos: 101:36
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