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ARTICULO 462 .-ACUERDOS DE PARTES
ARTICULO 462 .-Antes de que el juez ejerza la facultad que le confiere el artículo 460, las partes de común acuerdo, podrán presentar UN (1) escrito proponiendo perito y puntos de pericia.
Podrán, asimismo, designar consultores técnicos.
Ver articulos: [ Art. 459 ] [ Art. 460 ] [ Art. 461 ] 462 [ Art. 463 ] [ Art. 464 ] [ Art. 465 ]
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LIBRO SEGUNDO - PROCESOS DE CONOCIMIENTO
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TITULO II - PROCESO ORDINARIO
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CAPITULO V - PRUEBA
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SECCION 6° - PRUEBA DE PERITOS
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También puedes ver: Art.462 Codigo Procesal Civil y Comercial Nacion

➥ No es discriminatoria la ley pampeana que exige título de carreras de cinco años para acceder al escalafón profesional
➥ No basta acreditar la prestación de servicios para que opere la presunción de existencia de relación laboral
➥ Condenaron a concejal que exigía dinero para gestionar contratos en favor de integrantes de su agrupación política
➥ Confirmaron las condenas de varios funcionarios por maniobras ilícitas llevadas a cabo en el municipio de Mercedes