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- ARTICULO 650 :- OBLIGACIÓN DE RENDIR CUENTAS.- La obligación de rendir cuentas tramitará por juicio ordinario.
El traslado de la demanda se hará bajo apercibim... - ARTICULO 651 :- TRÁMITE POR INCIDENTE.- Se aplicará el procedimiento de los incidentes siempre que:
1.- Exista condena judicial a rendir cuentas.
2.- La obligac... - ARTICULO 652 :- FACULTAD JUDICIAL.- En los casos del artículo anterior, si conjuntamente con el pedido, quien promovió el incidente hubiere acompañado una cuen...
- ARTICULO 653 :- DOCUMENTACIÓN. JUSTIFICACIÓN DE PARTIDAS.- Con el escrito de rendición de cuentas deberá acompañarse la documentación correspondiente.
El jue... - ARTICULO 654 :- SALDOS RECONOCIDOS.- El actor podrá reclamar el pago de los saldos reconocidos por el demandado, sin esperar la resolución definitiva sobre las cu...
- ARTICULO 655 :- DEMANDA POR APROBACIÓN DE CUENTAS.- El obligado a rendir cuentas podrá pedir la aprobación de las que presente.
De la demanda, a la que deberá ...