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ARTICULO 3432 .- Los acreedores de la herencia gozan contra el heredero, de los mismos medios de ejecución que contra el difunto mismo, y los actos ejecutorios contra el difunto lo son igualmente contra el heredero.
Nota:3432. Cód. francés, art. 877, ZACHARIAE, § 384.
TITULO V
De la separación de los patrimonios del difunto y del heredero
Ver articulos: [ Art. 3429 ] [ Art. 3430 ] [ Art. 3431 ] 3432 [ Art. 3433 ] [ Art. 3434 ] [ Art. 3435 ]
¿Qué artículos del Código Civil y Comercial Argentina se CORRELACIONAN con El ARTICULO 3432 con el Código Civil de Velez?
Codigo Civil Velez Sarsfield Anotado >>
LIBRO IV
- DE LOS DERECHO REALES Y PERSONALES
>>
TITULO IV
- De los derechos y obligaciones del heredero
>>
CAPITULO II
- De las obligaciones del heredero
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SECCION PRIMERA
- DE LA TRANSMISION DE LOS DERECHOS POR MUERTE DE LAS PERSONAS A QUIENES CORRESPONDIAN
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También puedes ver: Art.3432 Codigo Procesal Civil y Comercial Nacion