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- SENTENCIA
- 28 de Marzo de 2022
- CAMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CIVIL. CAPITAL FEDERAL, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
- Sala M
- Magistrados: Maria Isabel Benavente - Guillermo González Zurro - Carlos Alberto Calvo Costa
Debe rechazarse la demanda contra una plataforma de ventas por internet por la comercialización de un libro que vulneraba el derecho de propiedad intelectual, habida cuenta que la actividad de la demandada fue puramente intermediaria y su rol se limitó a alojar en su página web un ofrecimiento de venta del producto. La posición neutra y pasiva de la empresa impide obligarla a contar con un conocimiento efectivo previo del plagio de la obra publicada, por más diligencia que se le exija, y, además, no había manera razonable de conocer la ilicitud hasta que recibiese, por lo menos, la denuncia de la actora o la notificación de una medida cautelar.
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Carátula: Iglesia Mesiánica Mundial Sekai Kyusei Kyo en la Argentina c/ Mercado Libre S.A. y otros s/ propiedad intelectual 11.723
Fuente de Información

➥ Se conocieron las condenas por la sedición policial de diciembre de 2013
➥ Condenaron por abuso sexual agravado a quien decía tener poderes sobrenaturales para llevar a cabo su cometido
➥ Rechazaron el amparo para evitar espectáculos de jineteada y doma entendiendo que no representan crueldad equina
➥ El Jurado de Enjuiciamiento absolvió al juez cuya secretaria le había imputado acoso sexual