Ley 3509 de CHACO


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    LEY 3.509-E
    RESISTENCIA, 2 de Marzo de 2022
    Boletín Oficial, 25 de Marzo de 2022
    Vigente, de alcance general
    duelo, excombatientes de Malvinas, Derecho penal, Defensa y seguridad

    LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DEL CHACO SANCIONA CON FUERZA DE LEY:

    ARTÍCULO 1º: Dispóngase declarar duelo provincial toda vez que fallezca un Veterano de la Guerra de Malvinas e Islas del Atlántico Sur, radicado en la Provincia.

    ARTÍCULO 2°: Establecer el izamiento a media asta del pabellón nacional y provincial, en todos los edificios de la Administración Pública Provincial en virtud de lo dispuesto en el artículo 1º de la presente.

    ARTÍCULO 3º: Regístrese y comuníquese al Poder Ejecutivo.

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