Decreto 162/22


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    DECRETO NACIONAL 162/2022
    BUENOS AIRES, 30 de Marzo de 2022
    Boletín Oficial, 31 de Marzo de 2022
    Vigente, de alcance general
    derechos de exportación, exenciones impositivas, aeronaves, aeronaves del Estado, SECRETARÍA GENERAL DE LA PRESIDENCIA, presidencia de la Nación, Derecho tributario y aduanero, Derecho aeronáutico, Derecho constitucionalSe exime a la Secretaría General de la Presidencia de la Nación del pago de los derechos de exportación que gravan la exportación para consumo de las mercaderías que constituyan partes de las aeronaves de la flota de la Presidencia de la Nación

    ARTÍCULO 1º.- Exímese a la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN (CUIT N° 30-57190837-5) del pago de los derechos de exportación que gravan la exportación para consumo de las mercaderías que constituyan partes de las aeronaves de la flota de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN que se exporten bajo el régimen contemplado en el Decreto N° 1954 del 28 de diciembre de 2004, o la norma que en el futuro lo sustituya, o que se exporten en el marco del ACUERDO DE SERVICIOS DE GESTIÓN ENTRE LA ORGANIZACIÓN DE AVIACIÓN CIVIL INTERNACIONAL (OACI) Y LA SECRETARÍA GENERAL DE LA PRESIDENCIA DE LA NACIÓN (SGP), que entró en vigor el 19 de noviembre de 2021, conjuntamente con su Anexo I individualizado como "Documento de Proyecto".

    ARTÍCULO 2°.- El presente decreto comenzará a regir a partir de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL.

    ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

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