Prohíbe el acercamiento de un imputado a su víctima en el marco de una investigación penal


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    Corresponde que en el marco de una investigación penal ordena prohibir el contacto y acercamiento del imputado a la víctima y su madre, toda vez que se trata de una cuestión de orden general, de derecho común, que puede y debe ser atendida cuando sea pertinente por los jueces de este fuero, aunque no resulte directamente vinculada a la acción penal. Y agrega, que las previsiones de la ley 27.372 para la universalidad de las víctimas subrayan la autonomía de su tutela en relación a la estricta pretensión penal, al autorizar las medidas de protección aún luego de dictada la condena.
    SENTENCIA
    13 de Diciembre de 2021
    CAMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL. CAPITAL FEDERAL, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
    Sala 04
    Magistrados: IGNACIO RODRIGUEZ VARELA - JULIO MARCELO LUCINI - PABLO GUILLERMO LUCERO
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    Carátula: B., N. C. s/ prohibición de acercamiento

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