- Volver al boletín
- DECRETO 1.546/2021
- CORDOBA, 17 de Diciembre de 2021
- Boletín Oficial, 18 de Diciembre de 2021
- Vigente, de alcance general
Artículo 1°.- ESTABLÉCESE, en todo el territorio de la Provincia de Córdoba, además del cumplimiento de los protocolos, recomendaciones e instrucciones de las autoridades sanitarias, el "PASE SANITARIO COVID-19" como requisito para la asistencia a las actividades habilitadas por los incisos a) -cuando se traten de eventos masivos de más de mil (1.000) personas en espacios cerrados o abiertos-, b), c), d) y e), del artículo 4° del Decreto N° 1100/2021, así como en cualquier supuesto en que el porcentaje del aforo habilitado implique asistencia de más de mil (1.000) personas en un espacio abierto, cerrado o al aire libre, debiendo acreditar para ello todas las personas, mayores de trece (13) años, que cuentan con el esquema de vacunación completo contra el COVID-19, aplicado al menos catorce (14) días antes de la asistencia y exhibiéndolo ante el requerimiento de personal público o privado designado para su constatación, de manera previa a acceder al evento o actividad.
Artículo 2°.- DETERMÍNASE que la acreditación de lo establecido en el artículo precedente se efectuará, indistintamente, a través de la aplicaciones Ciudadano Digital, Cuidar -Sistema de prevención y cuidado ciudadano contra la COVID-19- o carnet de vacunación formato papel, en el cual consten tres (3) dosis aplicadas, o bien dos (2) dosis sin que hayan pasado más de ciento ochenta (180) días desde la última aplicación.
Artículo 3°.- ESTABLÉCESE que los organizadores, titulares o responsables de las actividades sujetas a lo dispuesto en el presente Decreto, tendrán a su cargo el control de la acreditación del "PASE SANITARIO COVID-19", pudiendo ejercerlo el sector privado en forma exclusiva, o en conjunto con el sector público.
Artículo 4°.- Las disposiciones del artículo 1° de este acto entrarán en vigencia a partir del 21 de diciembre de 2021.
Artículo 5°.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministra de Coordinación, los señores Ministro de Salud, Ministro de Gobierno, Ministro de Seguridad, Ministro de Educación y Fiscal de Estado.
Artículo 6°.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
Más Decretos Provinciales...
Fuente de Información

➥ Se conocieron las condenas por la sedición policial de diciembre de 2013
➥ Condenaron por abuso sexual agravado a quien decía tener poderes sobrenaturales para llevar a cabo su cometido
➥ Rechazaron el amparo para evitar espectáculos de jineteada y doma entendiendo que no representan crueldad equina
➥ El Jurado de Enjuiciamiento absolvió al juez cuya secretaria le había imputado acoso sexual