Ley 9473 de TUCUMAN


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    LEY 9.473
    SAN MIGUEL DE TUCUMAN, 27 de Octubre de 2021
    Boletín Oficial, 23 de Diciembre de 2021
    Vigente, de alcance general
    hogares de ancianos, Salud pública

    La Legislatura de la provincia sanciona con fuerza de Ley:

    Artículo 1°.- Créase el Hogar de Adultos Mayores en la Ciudad de Simoca, dependiente del Ministerio de Desarrollo Social.

    Art. 2°.- El Hogar que se crea en la presente Ley tiene como objetivo asegurar el bienestar físico, psíquico y social mejorando la calidad de vida de los adultos mayores.

    Art. 3°.- La Autoridad de Aplicación determinará el lugar de emplazamiento, características edilicias y realizará un relevamiento de la futura población.

    Art. 4°.- Facúltase al Poder Ejecutivo a realizar las compensaciones de las partidas presupuestarias que resulten necesarias para el cumplimiento de la presente Ley hasta su inclusión en el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos de la Administración Pública Provincial del Ejercicio 2017.

    Art. 5°.- Comuníquese.

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