Ley 9358 de MENDOZA


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    LEY 9.358
    MENDOZA, 16 de Noviembre de 2021
    Boletín Oficial, 25 de Noviembre de 2021
    Vigente, de alcance general
    inmuebles, donación, Dirección General de Escuelas, Derecho civil

    La Legislatura de la provincia sanciona con fuerza de Ley:

    Artículo 1º- Autorízase al Poder Ejecutivo a transferir, a título de donación a la Dirección General de Escuelas, el inmueble ubicado en el Departamento Malargüe, distrito Ciudad, entre calles Julio Eidls, y las prolongaciones de las calles Ingeniero Barrera, Santiago del Estero y los Goicos, en el cual figura inscripto en el Registro de la Propiedad Raíz como 1ª Inscripción al Nro. 14861, Fs. 297 del Tomo T 97-A de San Rafael, a nombre de la Provincia de Mendoza, identificado como fracción 3, según plano de mensura y fraccionamiento aprobado y archivado en la Dirección Provincial de Catastro bajo el N° 19-4359, con nomenclatura catastral Nº 19-01-04-0053-000001-0000-6 y Padrón de Rentas Nº 19/11854-6, constante de una superficie de diez mil quinientos sesenta y tres con treinta y seis metros cuadrados (10.563,36 m2).

    Art. 2º- El terreno transferido conforme el artículo anterior, será destinado a la construcción del edificio de la Escuela N° 4-228 Electromecánica Ing. Eugenio Izsaky de la Dirección General de Escuelas de la Provincia de Mendoza.

    Art. 3º- Autorízase al Poder Ejecutivo a transferir, a título de donación a la Municipalidad de Malargüe, la fracción de terreno propiedad de la Provincia de Mendoza, identificada como fracción 2 en el plano mencionado en el Art. 1º, cuyo destino será apertura y prolongaciones de las calles Ing. Barrera, Santiago del Estero y Los Goicos, con nomenclatura catastral Nº 19-01-04-0051-000006-0000-1, Padrón de Rentas Nº 19/11853-8, constante de una superficie de siete mil seiscientos ochenta y tres con sesenta y cinco metros cuadrados (7.683,65 m2).

    Art. 4º- Escribanía General de Gobierno realizará los trámites necesarios para concretar la correspondiente Inscripción registral de los inmuebles mencionados a nombre de la Dirección General de Escuelas y Municipalidad de Malargüe, respectivamente.

    Art. 5º- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

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