Ley 10784 de CORDOBA


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    LEY 10.784
    CORDOBA, 20 de Octubre de 2021
    Boletín Oficial, 19 de Noviembre de 2021
    Vigente, de alcance general
    declaración de interés provincial, declaración de interés turístico, Museo Malvinas e Islas del Atlántico Sur, Córdoba, Cultura y educación, Actividades económicas

    La Legislatura de la provincia sanciona con fuerza de Ley:

    Artículo 1º.- Declárase de Interés Histórico, Cultural y Turístico de la provincia de Córdoba al "Museo Nacional de Malvinas" erigido en la ciudad de Oliva, Departamento Tercero Arriba, el que constituye un lugar para el recuerdo, homenaje y reconocimiento permanente de nuestros Héroes de Guerra -caídos y veteranos- durante el conflicto bélico del Atlántico Sur, acaecido en el año 1982, en defensa de la Soberanía Nacional.

    Artículo 2º.- El Poder Ejecutivo Provincial a través de:

    a) La Agencia Córdoba Cultura SE o el organismo que la sustituya en sus competencias, arbitrará los medios tendientes a promover y fomentar el desarrollo de la actividad cultural, relacionada con el conocimiento del acervo patrimonial histórico del "Museo Nacional de Malvinas", y b) La Agencia Córdoba Turismo SEM o el organismo que la sustituya en sus competencias, procurará incluir en los programas de difusión y promoción turística de la provincia al "Museo Nacional de Malvinas" como uno de los atractivos culturales de valor histórico.

    Artículo 3º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.

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