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- LEY 10.784
- CORDOBA, 20 de Octubre de 2021
- Boletín Oficial, 19 de Noviembre de 2021
- Vigente, de alcance general
La Legislatura de la provincia sanciona con fuerza de Ley:
Artículo 1º.- Declárase de Interés Histórico, Cultural y Turístico de la provincia de Córdoba al "Museo Nacional de Malvinas" erigido en la ciudad de Oliva, Departamento Tercero Arriba, el que constituye un lugar para el recuerdo, homenaje y reconocimiento permanente de nuestros Héroes de Guerra -caídos y veteranos- durante el conflicto bélico del Atlántico Sur, acaecido en el año 1982, en defensa de la Soberanía Nacional.
Artículo 2º.- El Poder Ejecutivo Provincial a través de:
a) La Agencia Córdoba Cultura SE o el organismo que la sustituya en sus competencias, arbitrará los medios tendientes a promover y fomentar el desarrollo de la actividad cultural, relacionada con el conocimiento del acervo patrimonial histórico del "Museo Nacional de Malvinas", y b) La Agencia Córdoba Turismo SEM o el organismo que la sustituya en sus competencias, procurará incluir en los programas de difusión y promoción turística de la provincia al "Museo Nacional de Malvinas" como uno de los atractivos culturales de valor histórico.
Artículo 3º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.
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Fuente de Información

➥ Se conocieron las condenas por la sedición policial de diciembre de 2013
➥ Condenaron por abuso sexual agravado a quien decía tener poderes sobrenaturales para llevar a cabo su cometido
➥ Rechazaron el amparo para evitar espectáculos de jineteada y doma entendiendo que no representan crueldad equina
➥ El Jurado de Enjuiciamiento absolvió al juez cuya secretaria le había imputado acoso sexual