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- LEY XIX- N° 85
- RAWSON, 26 de Agosto de 2021
- Boletín Oficial, 17 de Septiembre de 2021
- Vigente, de alcance general
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT SANCIONA CON FUERZA DE LEY
Artículo 1°.- Adhiérase en todos sus términos a la Ley Nacional N°27.629, de Fortalecimiento del Sistema Nacional de Bomberos Voluntarios de la República Argentina.
Artículo 2º.- La Autoridad de Aplicación será el Ministerio de Gobierno y Justicia de la Provincia del Chubut, cuya función es la regulación y aplicación de la Ley Nacional N°27.629.
Artículo 3º.- Se invita a todos los municipios de la provincia a adherir a la presente Ley.
Artículo 4°.- LEY GENERAL. Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Más Leyes Provinciales...
Fuente de Información

➥ Se conocieron las condenas por la sedición policial de diciembre de 2013
➥ Condenaron por abuso sexual agravado a quien decía tener poderes sobrenaturales para llevar a cabo su cometido
➥ Rechazaron el amparo para evitar espectáculos de jineteada y doma entendiendo que no representan crueldad equina
➥ El Jurado de Enjuiciamiento absolvió al juez cuya secretaria le había imputado acoso sexual