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- DECRETO NACIONAL 649/2021
- CAPITAL FEDERAL, 23 de Septiembre de 2021
- Boletín Oficial, 24 de Septiembre de 2021
- Vigente, de alcance general
ARTÍCULO 1º.- Apruébase el Modelo de Convenio de Préstamo BIRF N° 9232-AR a celebrarse entre la REPÚBLICA ARGENTINA y el BANCO INTERNACIONAL DE RECONSTRUCCIÓN Y FOMENTO (BIRF), por un monto de DÓLARES ESTADOUNIDENSES TRESCIENTOS CUARENTA Y SIETE MILLONES (USD 347.000.000), destinado a financiar parcialmente el "Proyecto de Modernización del Transporte Ferroviario de Pasajeros en Buenos Aires - Línea Mitre" que consta de SEIS (6) artículos, TRES (3) Anexos y UN (1) Apéndice, en idioma inglés y su traducción al idioma español, que forman parte integrante del presente decreto como ANEXO I (IF-2021-85354072-APN-SSRFID#SAE). Asimismo, forman parte integrante de la presente medida, como ANEXO II (IF-2021-85354508-APN-SSRFID#SAE), las "Condiciones Generales para el Financiamiento del BANCO INTERNACIONAL DE RECONSTRUCCIÓN Y FOMENTO (BIRF): Financiamiento de Proyectos de Inversión" de fecha 14 de diciembre de 2018 (revisado el 1° de agosto de 2020 y el 21 de diciembre de 2020) en idioma inglés y su traducción al idioma español y como ANEXO III (IF-2021-85354651-APN-SSRFID#SAE), el "Reglamento de Adquisiciones del Banco Mundial para Prestatarios de IPF" en idioma inglés y su traducción al idioma español, correspondiente a la edición del 24 de noviembre de 2020.
ARTÍCULO 2º.- Facúltase al señor Secretario de Asuntos Estratégicos de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, o al funcionario o a la funcionaria o funcionarios o funcionarias que este designe, a suscribir, en nombre y representación de la REPÚBLICA ARGENTINA, el Convenio de Préstamo BIRF N° 9232-AR, así como toda otra documentación relacionada con la operatoria de dicho Préstamo, conforme al modelo que se aprueba por el artículo 1º del presente decreto.
ARTÍCULO 3º.- Facúltase al señor Secretario de Asuntos Estratégicos de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, o al funcionario o a la funcionaria o funcionarios o funcionarias que este designe, a convenir y suscribir, en nombre y representación de la REPÚBLICA ARGENTINA, modificaciones al Convenio de Préstamo BIRF N° 9232-AR cuyo modelo se aprueba por el artículo 1º de la presente medida, siempre que no constituyan cambios sustanciales en el objeto o destino de los fondos ni deriven en un incremento de su monto o introduzcan modificaciones al procedimiento arbitral pactado.
ARTÍCULO 4º.- Desígnase al MINISTERIO DE TRANSPORTE, a través de la ADMINISTRACIÓN DE INFRAESTRUCTURAS FERROVIARIAS SOCIEDAD DEL ESTADO (ADIFSE), como el Organismo Ejecutor del "Proyecto de Modernización del Transporte Ferroviario de Pasajeros en Buenos Aires - Línea Mitre" para las Partes 1, 2 y 3.3 y, parcialmente, para las Partes 3.1, 3.2, 3.4 y 3.5 del referido Proyecto. Asimismo, el MINISTERIO DE TRANSPORTE deberá operar y mantener, en todo momento durante la implementación del Proyecto, la Dirección General de Programas y Proyectos Sectoriales y Especiales, con estructura, funciones y responsabilidades aceptables para el BANCO INTERNACIONAL DE RECONSTRUCCIÓN Y FOMENTO (BIRF), según se establece en el Manual Operativo; incluir, entre otros, brindar apoyo para gestión e informes de proyecto, y quedarán facultados a realizar todas las operaciones y contrataciones necesarias para la ejecución del mencionado proyecto, conforme las normas y procedimientos contenidos en el Modelo de Convenio de Préstamo N° 9232-AR que se aprueba por el artículo 1° de la presente medida.
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
ANEXO I
ANEXO II
ANEXO III
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Fuente de Información

➥ Se conocieron las condenas por la sedición policial de diciembre de 2013
➥ Condenaron por abuso sexual agravado a quien decía tener poderes sobrenaturales para llevar a cabo su cometido
➥ Rechazaron el amparo para evitar espectáculos de jineteada y doma entendiendo que no representan crueldad equina
➥ El Jurado de Enjuiciamiento absolvió al juez cuya secretaria le había imputado acoso sexual