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- LEY 10.777
- CORDOBA, 1 de Septiembre de 2021
- Boletín Oficial, 15 de Septiembre de 2021
- Vigente, de alcance general
La Legislatura de la Provincia de Córdoba Sanciona con fuerza de Ley: 10777
Artículo 1º.- Modifícase el radio municipal de la localidad de Santa Eufemia, ubicada en el Departamento Juárez Celman de la Provincia de Córdoba, de conformidad a lo establecido por el artículo 4º de la Ley Nº 8102
Artículo 2º.- La extensión lineal -expresada en metros- de cada uno de los lados que conforman los tres (3) polígonos del Radio Municipal de la localidad de Santa Eufemia, como así también los valores de las coordenadas georreferenciadas de los veintidós(22) vértices que delimitan dichos lados, se detallan en la documentación gráfica confeccionada por la citada municipalidad y verificada por la Dirección General de Catastro según informe técnico Nº 1/2021 de fecha 20 de enero de 2021 que, en una foja, forma parte integrante de la presente Ley como Anexo I.
Artículo 3º.- Los tres (3) polígonos que definen el Radio Municipal de la localidad de Santa Eufemia ocupan una superficie total de cuatrocientas veintitrés hectáreas, ocho mil setecientos noventa y dos metros cuadrados con setenta y dos decímetros cuadrados (423 ha, 8.792,72 m²), distribuida de la siguiente manera:
a) Polígono Urbano: conformado por doce (12) lados y doce (12) vértices de trescientas treinta y una hectáreas, doscientos noventa y dosmetros cuadrados con setenta y dos decímetros cuadrados (331 ha, 292,72 m²);
b) Polígono Cementerio: conformado por cuatro (4) lados y cuatro (4) vértices de una hectárea, seis mil ciento sesenta y seis metros cuadrados (1 ha, 6.166,00 m2), y c) Polígono Pedro E. Funes: conformado por cuatro (4) lados y cuatro (4) vértices de noventa y una hectáreas, dos mil trescientos treinta y cuatro metros cuadrados (91 ha, 2.334,00 m2).
Artículo 4º.- Los puntos fijos amojonados son:
a) MOJON 1, de coordenadas N=6329660,05yE=4473312,64, y b) MOJON 2, de coordenadas N=6329638,41yE=4473640,33.
Artículo 5º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.
ANEXO
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Fuente de Información

➥ Se conocieron las condenas por la sedición policial de diciembre de 2013
➥ Condenaron por abuso sexual agravado a quien decía tener poderes sobrenaturales para llevar a cabo su cometido
➥ Rechazaron el amparo para evitar espectáculos de jineteada y doma entendiendo que no representan crueldad equina
➥ El Jurado de Enjuiciamiento absolvió al juez cuya secretaria le había imputado acoso sexual