Ley 3746 de SANTA CRUZ


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    LEY 3.746
    RIO GALLEGOS, 13 de Mayo de 2021
    Boletín Oficial, 22 de Junio de 2021
    Vigente, de alcance general
    conmemoraciones, capital provincial, deportes náuticos, actividades deportivas, Cultura y educación, Derecho constitucional

    El Poder Legislativo de la Provincia de Santa Cruz Sanciona con Fuerza de: Ley

    Artículo 1.- DECLARASE a la ciudad de Puerto San Julián como "Capital Provincial Náutica".-

    Artículo 2.- COMUNÍQUESE al Poder Ejecutivo Provincial, dése al Boletín Oficial y cumplido, ARCHÍVESE.-

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