Decreto 388/21


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    DECRETO NACIONAL 388/2021
    BUENOS AIRES, 15 de Junio de 2021
    Boletín Oficial, 16 de Junio de 2021
    Vigente, de alcance general
    policía de seguridad aeroportuaria, control policial, decreto de necesidad y urgencia, Ley de Seguridad Aeroportuaria, fuerzas de seguridad, Defensa y seguridad, Derecho administrativoPor Decreto de Necesidad Y Urgencia se aprueban Disposiciones sobre el Control Policial Civil y Externo de la Policía de Seguridad Aeroportuaria al dejar sin efecto las disposiciones del Decreto 95/18 y restablecer lo establecido por la Ley 26.102

    ARTÍCULO 1º.- Deróganse los artículos 22, 27, 28 y 29 del Decreto N° 95 del 1° de febrero de 2018.

    ARTÍCULO 2º.- Restablécese la vigencia del texto de los artículos 75, 77, 79, 81 y 82 de la Ley de Seguridad Aeroportuaria N° 26.102 en su redacción original al momento del dictado del Decreto N° 95 del 1° de febrero de 2018.

    ARTÍCULO 3º.- Derógase el artículo 75 bis de la Ley Nº 26.102.

    ARTÍCULO 4º.- El Jefe de Gabinete de Ministros realizará la reasignación de las partidas presupuestarias correspondientes para la implementación de la presente medida.

    ARTÍCULO 5°.- Facúltase a la Titular del MINISTERIO DE SEGURIDAD a dictar las normas complementarias y aclaratorias del presente decreto.

    ARTÍCULO 6°.- La presente medida entrará en vigencia a partir del día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL.

    ARTÍCULO 7°.- Dese cuenta a la Comisión Bicameral Permanente del HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN.

    ARTÍCULO 8°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

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