Ley 3373 de CHACO


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    LEY 3.373-A
    RESISTENCIA, 28 de Abril de 2021
    Boletín Oficial, 7 de Junio de 2021
    Vigente, de alcance general
    Administración Pública Provincial, adicionales de remuneración, empleados públicos, Derecho administrativo, Derecho laboral

    LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DEL CHACO SANCIONA CON FUERZA DE LEY:

    ARTÍCULO 1°: Establécese a partir del 1 de junio de 2019, 1 de septiembre de 2019 y 1 de noviembre de 2019, en el marco del acuerdo sectorial suscripto entre el Poder Ejecutivo y la Unión Personal Civil de la Provincia una nueva base de cálculo para los conceptos asignación especial y/o fondos estímulos que percibe el personal de la Dirección Provincial de Catastro y Cartografía, de la Inspección General de Personas Jurídicas y Registro Público de Comercio, de la Dirección General del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas y de las oficinas del Nivel Central, dependientes del Ministerio de Gobierno y Trabajo, ex Ministerio de Gobierno, Justicia y Relación con la Comunidad, la cual no podrá ser inferior a la escala total del cargo detallados en las planillas anexas I, II y III a la presente ley vigentes respectivamente con las fechas mencionadas.

    ARTÍCULO 2°: Lo dispuesto por esta norma y su incidencia presupuestaria se corresponde con lo prescripto por el decreto provincial 3168 del 30 de agosto de 2019

    ARTÍCULO 3°: Regístrese y comuníquese al Poder Ejecutivo.

    ANEXO I

    ANEXO II

    ANEXO III

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