Ley 9403 de TUCUMAN


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    LEY 9.403
    SAN MIGUEL DE TUCUMAN, 6 de Mayo de 2021
    Boletín Oficial, 31 de Mayo de 2021
    Vigente, de alcance general
    inmuebles, expropiación, Derecho civil, Derecho administrativo

    La Legislatura de la provincia sanciona con fuerza de Ley:

    Artículo 1°.- Declárese de utilidad pública y sujeto a expropiación el inmueble detallado en la Ley N° 7906, con iguales fines que los allí descriptos.

    Art. 2°.- Convalídese todo lo actuado por Fiscalía de Estado, en el expediente administrativo correspondiente.

    Art. 3°.- Comuníquese.

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