- Volver al boletín
- LEY 10.756
- CORDOBA, 5 de Mayo de 2021
- Boletín Oficial, 27 de Mayo de 2021
- Vigente, de alcance general
La Legislatura de la provincia sanciona con fuerza de Ley:
Artículo 1º.- Adhiérese la Provincia de Córdoba a las disposiciones de la Ley Nacional Nº 27350 -Uso Medicinal de la Planta de Cannabis y sus derivados-, su reglamentación y demás normas complementarias.
Artículo 2º.- La Autoridad de Aplicación de la presente Ley es el Ministerio de Salud de la Provincia de Córdoba o el organismo que lo sustituyere, que -en los aspectos que así lo requieran- actuará de manera coordinada y con la colaboración de las jurisdicciones de la administración centralizada, descentralizada, las agencias y demás organismos del Estado Provincial, en el ámbito de sus respectivas competencias.
Artículo 3º.- Para la adecuada implementación, desarrollo y ejecución de la investigación médica y científica sobre el uso medicinal de la planta de cannabis y sus derivados, la Autoridad de Aplicación, entre otras cosas, puede:
a) Dictar protocolos de actuación y normas interpretativas;
b) Celebrar convenios con organismos del sector público, entidades del sector privado, organizaciones de la sociedad civil y municipios y comunas de la Provincia de Córdoba, y c) Impulsar las acciones que resulten conducentes y necesarias para dar cumplimiento al objeto de esta norma.
Artículo 4º.- En el marco de lo dispuesto en la presente Ley, créase el Consejo Consultivo Honorario de la Provincia de Córdoba con carácter no vinculante, cuya integración, atribuciones y demás aspectos que hagan a su funcionamiento serán establecidos por vía reglamentaria.
Artículo 5º.- Dentro del plazo de noventa días a partir de su publicación en el Boletín Oficial, la Autoridad de Aplicación debe reglamentar esta Ley.
Artículo 6º.- Facúltase al Poder Ejecutivo a efectuar las adecuaciones presupuestarias que fueren necesarias para el cumplimiento de la presente Ley.
Artículo 7º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.
Más Leyes Provinciales...
Fuente de Información

➥ Se conocieron las condenas por la sedición policial de diciembre de 2013
➥ Condenaron por abuso sexual agravado a quien decía tener poderes sobrenaturales para llevar a cabo su cometido
➥ Rechazaron el amparo para evitar espectáculos de jineteada y doma entendiendo que no representan crueldad equina
➥ El Jurado de Enjuiciamiento absolvió al juez cuya secretaria le había imputado acoso sexual