Ley 8248 de SALTA


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    LEY 8.248
    SALTA, 22 de Abril de 2021
    Boletín Oficial, 21 de Mayo de 2021
    Vigente, de alcance general
    adhesión provincial, Salud pública, enfermedades

    EL SENADO Y LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA, SANCIONAN CON FUERZA DE LEY

    Artículo 1º.- Adhiérase la provincia de Salta a la Ley Nacional 27.071 "Ley de cobertura total de los dispositivos y elementos accesorios para las personas ostomizadas".

    Art. 2º.- La Autoridad de Aplicación de la presente Ley es el Ministerio de Salud Pública de la provincia de Salta.

    Art. 3º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

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