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- LEY 3.347-W
- RESISTENCIA, 14 de Abril de 2021
- Boletín Oficial, 14 de Mayo de 2021
- Vigente, de alcance general
LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DEL CHACO SANCIONA CON FUERZA DE LEY:
ARTÍCULO 1°: Modificase el inciso b) del Artículo 30 de la ley 562 -W - "Ley del Aborigen Chaqueño", el que queda redactado de la siguiente manera:
"ARTÍCULO 30: ........................
a) .............................
b) Son electores los ciudadanos sin distinción de sexos, mayores de dieciséis (16) años inscriptos en el padrón correspondiente, domiciliados en la Provincia.
c) .............................
d) .............................
e) .............................
f) .............................
g) .............................
ARTÍCULO 2°: Regístrese y comuníquese al Poder Ejecutivo.
Más Leyes Provinciales...
Fuente de Información

➥ Se conocieron las condenas por la sedición policial de diciembre de 2013
➥ Condenaron por abuso sexual agravado a quien decía tener poderes sobrenaturales para llevar a cabo su cometido
➥ Rechazaron el amparo para evitar espectáculos de jineteada y doma entendiendo que no representan crueldad equina
➥ El Jurado de Enjuiciamiento absolvió al juez cuya secretaria le había imputado acoso sexual