Decreto 294/21


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    DECRETO NACIONAL 294/2021
    BUENOS AIRES, 3 de Mayo de 2021
    Boletín Oficial, 4 de Mayo de 2021
    Vigente, de alcance general
    contrato de préstamo, Fondo Financiero para el Desarrollo de la Cuenca del Plata, Salta, hospitales, Economía y finanzas, Salud públicaSe aprueban el Modelo de Contrato de Garantía con el Fondo Financiero para el Desarrollo de la Cuenca del Plata y el Modelo de Contrato de Contragarantía con el Gobierno de Salta con el fin de cooperar en la ejecución del Proyecto de Ampliación y Refuncionalización Hospital San Bernardo

    ARTÍCULO 1°.- Apruébase el Modelo de Contrato de Garantía a suscribirse entre la REPÚBLICA ARGENTINA y el FONDO FINANCIERO PARA EL DESARROLLO DE LA CUENCA DEL PLATA (FONPLATA) que consta de DIEZ (10) artículos, que como ANEXO I (IF-2021-19677935-APN-SSRFID#SAE) forma parte integrante del presente decreto.

    ARTÍCULO 2°.- Apruébase el Modelo de Contrato de Contragarantía a suscribirse entre la REPÚBLICA ARGENTINA y el Gobierno de la Provincia de SALTA que consta de OCHO (8) artículos, adjunto como ANEXO II (IF-2021-21687551-APN-SSRFID#SAE) a la presente medida.

    ARTÍCULO 3°.- Facúltase al señor Secretario de Asuntos Estratégicos de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, o al funcionario o a la funcionaria o funcionarios o funcionarias que este designe, a suscribir los contratos cuyos modelos se aprueban mediante los artículos 1° y 2° del presente decreto.

    ARTÍCULO 4°.- Facúltase al señor Secretario de Asuntos Estratégicos de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, o al funcionario o a la funcionaria o funcionarios o funcionarias que este designe, a convenir y/o suscribir modificaciones a los contratos cuyos modelos se aprueban por los artículos 1° y 2° de la presente medida, siempre que no constituyan cambios sustanciales al objeto de la garantía, ni al destino de los fondos, ni resulten en un incremento de su monto o modifiquen el procedimiento arbitral pactado.

    ARTÍCULO 5º.- Facúltase al señor Secretario de Asuntos Estratégicos de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN a ejercer, en nombre y representación de la REPÚBLICA ARGENTINA, todos los actos relativos a la implementación del Contrato de Garantía y aquellos requeridos a la REPÚBLICA ARGENTINA para la correcta ejecución del Contrato de Préstamo ARG-49/2020 a ser suscripto entre el Gobierno de la Provincia de SALTA y el FONDO FINANCIERO PARA EL DESARROLLO DE LA CUENCA DEL PLATA (FONPLATA).

    ARTÍCULO 6º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

    ANEXO I

    ANEXO II

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