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- DECRETO NACIONAL 286/2021
- BUENOS AIRES, 29 de Abril de 2021
- Boletín Oficial, 30 de Abril de 2021
- Vigente, de alcance general
ARTÍCULO 1º.- Incorpóranse al Anexo del Decreto Nº 317 del 28 de marzo de 2020, sustituido por el Decreto N° 617 del 24 de julio de 2020, los siguientes insumos:
"2804.40.00 - Oxígeno .
7311.00.00 - Recipientes para gas comprimido o licuado, de fundición, hierro o acero, excepto las garrafas de chapa de acero utilizadas para el llenado de DIEZ (10) kilogramos de una mezcla de propano y butano, los cilindros para gas natural comprimido de los tipos utilizados en vehículos automóviles y los recipientes con acetona para el transporte de acetileno".
ARTÍCULO 2º.- El presente decreto comenzará a regir a partir del día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL y mantendrá su vigencia mientras dure la emergencia pública en materia sanitaria declarada por la Ley N° 27.541 de Solidaridad Social y Reactivación Productiva en el Marco de la Emergencia Pública, ampliada por el Decreto N° 260 del 12 de marzo de 2020 y sus modificatorios, que fuera prorrogado por el Decreto N° 167 del 11 de marzo de 2021.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
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Fuente de Información

➥ Ratificaron la destitución de una jueza por ignorancia del derecho e incumplimiento reiterado de sus obligaciones
➥ Sobreseyeron por prescripción a uno de los imputados negando el beneficio a quienes continuaron abusando de la víctima
➥ Revocaron la sentencia que había rechazado el retiro del policía por incapacidad total por acto de servicio
➥ Ratificaron la improcedencia de la capitalización anual de los créditos laborales desde la notificación de la demanda