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- SENTENCIA
- 8 de Marzo de 2021
- CAMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CIVIL. CAPITAL FEDERAL, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
- Sala L
- Magistrados: Víctor Fernando Liberman - Marcela Pérez Pardo - Gabriela Alejandra Iturbide
Corresponde confirmar el fallo que condenó a la empresa concesionaria por los daños y perjuicios sufridos por una familia a raíz de un ataque con piedras ocurrido una autopista, lo que provocó la rotura de uno de los vidrios del automóvil en el que circulaban, causando lesiones de importancia a una menor de edad, dado que quedó probado el acto vandálico de personas que se hallaban en las inmediaciones de la autopista, situación que pudo y debió haber sido evitada por el concesionario vial que debe garantizar la libre y segura circulación en todo el tramo concesionado. En el caso hubo una clara falta al deber de seguridad, en tanto no se advierte que se hayan tomado con la rapidez y prevención del caso las medidas necesarias tendientes a evitar que se produjeran incidentes como el ocurrido.
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Carátula: M. J. S. y S. A. B. c/ Autopistas Urbanas S.A. s/ daños y perjuicios
Fuente de Información

➥ Se conocieron las condenas por la sedición policial de diciembre de 2013
➥ Condenaron por abuso sexual agravado a quien decía tener poderes sobrenaturales para llevar a cabo su cometido
➥ Rechazaron el amparo para evitar espectáculos de jineteada y doma entendiendo que no representan crueldad equina
➥ El Jurado de Enjuiciamiento absolvió al juez cuya secretaria le había imputado acoso sexual