Decreto 48/21 de ENTRE RIOS


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    DECRETO 48/2021
    PARANA, 1 de Febrero de 2021
    Boletín Oficial, 1 de Febrero de 2021
    Vigente, de alcance general
    Entre Ríos, circulación territorial, Derecho constitucionalRestricción en todo el territorio provincial transitar entre la 1 am y 6 am.

    Art. 1°.- Restrínjase en todo el territorio provincial la circulación de personas en la franja horaria comprendida entre la 1 AM y 6 AM, con una tolerancia de 30 minutos, desde el día lunes 1 de febrero de 2021 hasta el lunes 8 de febrero de 2021 inclusive, de conformidad a lo manifestado en los Considerandos del presente.-

    Art. 2°.- Dispónese la restricción de la actividad comercial en la franja horaria determinada en el Art. 1º.-

    Art. 3°.- Exceptúase de lo dispuesto en los artículos precedentes a las actividades declaradas esenciales y a los ciudadanos afectados a su efectivo cumplimiento, conforme previsto en el Art. 11º del DNU Nº 67/21 PEN.-

    Art. 4°.- Facúltanse a los Presidentes Municipales y/o Comunales según corresponda a ampliar la franja horaria determinada en el Art.

    1º del presente Decreto en caso de determinarse oportuno y conveniente, previo análisis de las variables sanitarias y epidemiológicas en las jurisdicciones de su competencia.-

    Art. 5°.- Prorrógase la vigencia del Decreto Nº 9/21 GOB, hasta el 28 de febrero de 2021 inclusive.

    Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministra Secretaria de Estado de Gobierno y Justicia.-

    Art. 7°.- Comuníquese, publíquese y archívese.-

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