Ley 2183 de SAN JUAN


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    LEY 2.183-A
    SAN JUAN, 17 de Diciembre de 2020
    Boletín Oficial, 15 de Enero de 2021
    Vigente, de alcance general
    convenio, asistencia social, Derecho civil, Bienestar social

    LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN SANCIONA CON FUERZA DE LEY:

    ARTÍCULO 1º.- Se aprueba el Convenio Marco de Adhesión al "Programa Federal Argentina Construye Solidaria" suscripto entre el Ministerio de Desarrollo Territorial y Hábitat de la Nación, y el Gobierno de la Provincia de San Juan, con el objeto de otorgar financiamiento para la compra de materiales o refacción de sus sedes, a organizaciones no gubernamentales, asociaciones civiles, fundaciones, cooperativas o mutuales debidamente autorizadas por la autoridad competente, y entidades eclesiásticas reconocidas oficialmente que no hayan recibido subsidios de similar objeto durante el año 2020, que realicen tareas de asistencia barrial y comunitaria en todas las provincias y municipios del país; ratificado por Decreto Nº 1535-MOSP, del 01 de diciembre de 2020.

    ARTÍCULO 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

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