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- SENTENCIA
- 30 de Noviembre de 2020
- CAMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO. CAPITAL FEDERAL, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
- Sala 05
- Magistrados: Beatriz E. Ferdman - Graciela Liliana Carambia
Debe ser ratificado el fallo que rechazó la demanda por despido indirecto entablada por una trabajadora que se dio por despedida debido al supuesto ejercicio abusivo del ius variandi por parte del empleador, en razón del cambio de las sucursales del lugar de trabajo en donde prestaba sus tareas como vendedora, dado que se encuentra probado que la demandada implementa una política de rotación de su personal entre sus diversos locales, ubicados todos dentro de los límites de la Ciudad de Buenos Aires, para suplir ausencias del personal, y ello era avisado y notificado con antelación suficiente, además de ser comunicado al momento del ingreso a la empresa. En consecuencia, se encuentra acreditada en la causa la existencia de razón funcional para la alteración dispuesta por la accionada, y el dicho esquema aparece razonable y encuadra dentro de las facultades propias del empleador de organización y de dirección en los términos previstos por los arts. 64 y 65 de la LCT, sin que se desprenda la existencia de perjuicios a la trabajadora.
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Carátula: Rodríguez, Maite Bárbara c/ Calzarte S.R.L. s/ despido
Fuente de Información

➥ Se conocieron las condenas por la sedición policial de diciembre de 2013
➥ Condenaron por abuso sexual agravado a quien decía tener poderes sobrenaturales para llevar a cabo su cometido
➥ Rechazaron el amparo para evitar espectáculos de jineteada y doma entendiendo que no representan crueldad equina
➥ El Jurado de Enjuiciamiento absolvió al juez cuya secretaria le había imputado acoso sexual