Decreto 1057/20


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    DECRETO NACIONAL 1.057/2020
    BUENOS AIRES, 30 de Diciembre de 2020
    Boletín Oficial, 31 de Diciembre de 2020
    Vigente, de alcance general
    Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva en el Marco de la Emergencia Pública, emergencia pública, tasa de estadística, importaciones, Bienestar social, Derecho tributario y aduaneroSe Prorroga hasta el 31 de diciembre de 2021 las disposiciones contenidas en los artículos 20, 22 y 23 del Decreto 99/2019 que Reglamenta la Ley 27.541 de Solidaridad Social y Reactivación Productiva en el Marco de la Emergencia Pública

    ARTÍCULO 1°.- Prorróganse, hasta el 31 de diciembre de 2021, las disposiciones contenidas en los artículos 20, 22 y 23 del Decreto N° 99 del 27 de diciembre de 2019

    ARTÍCULO 2°.- Mantiénense las excepciones al pago de la tasa de estadística para todas las operaciones que, en virtud de normas especiales, se encuentren alcanzadas por dicho beneficio, incluyendo las contempladas en el artículo 2° del Decreto N° 389 del 22 de marzo de 1995 y sus modificatorios y los artículos 26 y 27 del Decreto N° 690 del 26 de abril de 2002 y sus modificatorios.

    ARTÍCULO 3°.- Las disposiciones del presente decreto entrarán en vigencia el 1° de enero de 2021.

    ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

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