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- LEY 6.192
- SAN SALVADOR DE JUJUY, 3 de Diciembre de 2020
- Boletín Oficial, 21 de Diciembre de 2020
- Vigente, de alcance general
La Legislatura de la provincia sanciona con fuerza de Ley:
ARTÍCULO 1.- Adhiérese la Provincia de Jujuy a la Ley Nacional N° 27.487 de "Prórroga y Modificación de la Ley Nacional N° 25.080 de Inversiones para Bosques Cultivados".-
ARTÍCULO 2.- El Ministerio de Desarrollo Económico y Producción será Autoridad de Aplicación de la presente Ley y dictará las disposiciones reglamentarias necesarias para su cumplimiento.-
ARTÍCULO 3.- Invitase a las Municipalidades y Comisiones Municipales a adherir a la presente Ley. -
ARTÍCULO 4.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.-
Más Leyes Provinciales...
Fuente de Información

➥ Se conocieron las condenas por la sedición policial de diciembre de 2013
➥ Condenaron por abuso sexual agravado a quien decía tener poderes sobrenaturales para llevar a cabo su cometido
➥ Rechazaron el amparo para evitar espectáculos de jineteada y doma entendiendo que no representan crueldad equina
➥ El Jurado de Enjuiciamiento absolvió al juez cuya secretaria le había imputado acoso sexual