Decreto 3476/20 de LA PAMPA


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    DECRETO 3.476/2020
    SANTA ROSA, 25 de Noviembre de 2020
    Boletín Oficial, 25 de Noviembre de 2020
    Vigente, de alcance general
    coronavirus, Salud pública, enfermedades, gastronómicos, Derecho laboralModificación del Protocolo Sanitario Epidemiológico para la Apertura de Locales Gastronómicos con Habilitación Municipal para la Atención y Permanencia de Público en el local aprobado por dec. 1089/2020.

    Art. 1°.- Modifícase el Punto 1 "PROTOCOLO SANITARIO EPIDEMIOLÓGICO PARA LA APERTURA DE LOCALES GASTRONÓMICOS CON HABILITACIÓN MUNICIPAL PARA LA ATENCIÓN Y PERMANENCIA DE PÚBLICO EN EL LOCAL" del Anexo del Decreto 1089/20, respecto del punto 2.4 el que quedará redactado de la siguiente manera:

    2.4: Queda inhabilitado el servicio de atención y consumo en barras.

    * DENTRO DEL ESTABLECIMIENTO queda PROHIBIDA la realización de shows en vivo (bandas, solistas, karaoke, entre otros) y la reproducción de música que exceda el límite máximo de 80 decibeles de sonoridad.

    * EN LOS ESPACIOS AL AIRE LIBRE SE PERMITE la realización de shows en vivo (bandas y solistas) y la reproducción de música. En caso de bandas en vivo, los integrantes sobre el escenario deberán mantener una distancia mínima de 2 metros. Entre el artista y el público debe haber una distancia mínima de 5 metros. No se deben compartir micrófonos ni instrumentos. NO se podrá hacer participar en el escenario a los comensales. Luego de cada presentación, y si hubiera más presentaciones de diferentes artistas, se debe desinfectar el espacio antes de volver a utilizarlo"

    Art. 2º: El presente Decreto entrará en VIGENCIA a partir de su publicación en el Boletín Oficial.

    Art. 3º: El presente Decreto será refrendado por todos los Señores Ministros.

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