Decreto 1024/20 de BUENOS AIRES


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    DECRETO 1.024/2020
    LA PLATA, 20 de Noviembre de 2020
    Boletín Oficial, 24 de Noviembre de 2020
    Vigente, de alcance general
    modificación de la estructura orgánica, servicio penitenciario provincial, designación, Derecho administrativo, Defensa y seguridadSuprimir de la estructura orgánico-funcional del Servicio Penitenciario Bonaerense, la Dirección de Secretaría de Inteligencia.

    ARTÍCULO 1°. Suprimir de la estructura orgánico-funcional del Servicio Penitenciario Bonaerense, aprobada por Decreto N° 3392/09 y sus modificatorios, la Dirección de Secretaría de Inteligencia, transfiriendo los respectivos créditos presupuestarios, patrimonio, recursos económicos, financieros y presupuestarios a la Dirección General de Seguridad.

    ARTÍCULO 2°. Modificar el Anexo 2 del Decreto N° 3392/09 y sus modificatorios, en lo que respecta a las acciones de la Dirección General de Seguridad del Servicio Penitenciario Bonaerense, las cuales quedarán redactadas conforme al Anexo I (IF-2020-21454633-GDEBA-DPTJYPMJYDHGP) que forma parte integrante del presente decreto.

    ARTÍCULO 3°. Establecer que, dentro del plazo de treinta (30) días, a partir del dictado del presente decreto, el Jefe del Servicio Penitenciario Bonaerense dispondrá la reasignación del personal de la dirección suprimida por el artículo precedente

    ARTÍCULO 4°. Limitar las designaciones del personal cuyas funciones no se correspondan con las unidades orgánicas que se aprueban por este acto, debiendo formalizarse tal decisión mediante el dictado de los actos administrativos correspondientes.

    ARTÍCULO 5°. Modificar el artículo 5° del Decreto N° 3392/09 y sus modificatorios, el que quedará redactado de la siguiente manera:

    "ARTÍCULO 5°. El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos a través de la Subsecretaría de Política Penitenciaria ejercerá contralor en forma directa sobre: la Dirección General de Asistencia y Tratamiento Penitenciario, la Dirección General de Recursos Humanos, la Dirección General de Institutos de Formación y Capacitación, la Subdirección General de Trabajo Penitenciario, la Subdirección General de Educación, la Dirección de Unidad Penitenciaria, la Dirección de Infraestructura Edilicia y la Dirección de Comunicaciones y Relaciones Institucionales. Asimismo, podrá ejercer intervención en forma directa sobre la Dirección General de Seguridad."

    ARTÍCULO 6°. Encomendar al Jefe del Servicio Penitenciario Bonaerense que, en el plazo de treinta (30) días a partir del dictado del presente, a través de la Dirección General de Seguridad, desarrolle y exponga ante el Ministro Secretario en el Departamento de Justicia y Derechos Humanos, un plan de trabajo para el fortalecimiento e implementación de las tareas que lleva adelante la citada dirección, que incluya una propuesta programática que tenga como principal objetivo la prevención de conflictos internos, la detección de posibles evasiones y otras conductas ilícitas que puedan suscitarse en el contexto de encierro.

    ARTÍCULO 7°. Encomendar al Ministro Secretario en el Departamento de Justicia y Derechos Humanos que, a través de la Subsecretaría de Derechos Humanos, realice un relevamiento de los archivos que se conserven en el ámbito de la Dirección de Secretaría de Inteligencia del Servicio Penitenciario Bonaerense, suprimida por este acto, que guarden relación con el terrorismo de Estado, debiendo el Jefe de la institución penitenciaria arbitrar los medios necesarios para el desarrollo de esas labores.

    ARTÍCULO 8°. El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos propondrá al Ministerio de Hacienda y Finanzas las adecuaciones presupuestarias necesarias para dar cumplimiento a lo dispuesto por el presente decreto, las que deberán ajustarse a las previsiones contenidas en el Ejercicio Presupuestario vigente.

    ARTÍCULO 9°. El presente decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamentos de Justicia y Derechos Humanos, de Hacienda y Finanzas y de Jefatura de Gabinete de Ministros.

    ARTÍCULO 10°. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINDMA. Cumplido, archivar.

    ANEXO

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