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- LEY 2.125-Q
- SAN JUAN, 1 de Octubre de 2020
- Boletín Oficial, 24 de Noviembre de 2020
- Vigente, de alcance general
LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN SANCIONA CON FUERZA DE LEY:
ARTÍCULO 1°.- Se aprueba el Convenio Marco de Cooperación, Anexo I "Acreditación Municipios 1000 días" y Anexo II "Lineamientos de Espacios Amigos de Lactancia Materna, Programa Nacional de Lactancia Materna, Ministerio de Salud de la Nación" suscriptos el 1 de julio de 2020 entre el Ministerio de Salud Pública de la Provincia de San Juan, y la Municipalidad de la Capital, con el objeto de colaborar y cooperar para lograr la factibilidad, viabilidad y sustentabilidad de las políticas de salud en el departamento, ratificado por Decreto N° 1146-MSP-2020, del 28 de agosto de 2020.
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
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Fuente de Información

➥ Se conocieron las condenas por la sedición policial de diciembre de 2013
➥ Condenaron por abuso sexual agravado a quien decía tener poderes sobrenaturales para llevar a cabo su cometido
➥ Rechazaron el amparo para evitar espectáculos de jineteada y doma entendiendo que no representan crueldad equina
➥ El Jurado de Enjuiciamiento absolvió al juez cuya secretaria le había imputado acoso sexual