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- DECRETO NACIONAL 846/2020
- BUENOS AIRES, 4 de Noviembre de 2020
- Boletín Oficial, 5 de Noviembre de 2020
- Vigente, de alcance general
ARTÍCULO 1°.- Restablécese la vigencia de las alícuotas correspondientes al Derecho de Importación Extrazona (D.I.E.) indicadas para las posiciones arancelarias de la Nomenclatura Común del MERCOSUR (N.C.M.) y sus respectivas referencias, consignadas en el Anexo del Decreto Nº 331/17, por el plazo de SEIS (6) meses, contados desde el día siguiente al de la publicación del presente decreto, en las condiciones previstas en la citada norma.
A los efectos de lo establecido en el párrafo anterior, aclárase que las posiciones arancelarias de la Nomenclatura Común del MERCOSUR (N.C.M.) 8703.21.00, 8703.22.10, 8703.22.90, 8703.23.10, 8703.23.90, 8703.24.10, 8703.24.90, 8703.31.10, 8703.31.90, 8703.32.10, 8703.32.90, 8703.33.10, 8703.33.90 y 8703.90.00, detalladas en el Anexo del Decreto N° 331/17, encuentran sus equivalentes según las respectivas referencias, en los ítems 8703.40.00, 8703.50.00, 8703.60.00, 8703.70.00 y 8703.80.00, vigentes en el referido instrumento tarifario nacional.
ARTÍCULO 2°.- Establécese en MIL (1000) el límite máximo de unidades que efectivamente podrán importarse durante el periodo de extensión de la vigencia mencionada en el artículo 1° de la presente medida.
ARTÍCULO 3°.- Establécese que únicamente las empresas terminales radicadas y con producción en el país podrán solicitar la importación de vehículos al amparo de lo dispuesto por la presente medida.
ARTÍCULO 4°.- El presente decreto entrará en vigencia el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL.
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
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Fuente de Información

➥ Ratificaron la destitución de una jueza por ignorancia del derecho e incumplimiento reiterado de sus obligaciones
➥ Sobreseyeron por prescripción a uno de los imputados negando el beneficio a quienes continuaron abusando de la víctima
➥ Revocaron la sentencia que había rechazado el retiro del policía por incapacidad total por acto de servicio
➥ Ratificaron la improcedencia de la capitalización anual de los créditos laborales desde la notificación de la demanda