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- LEY 2.091-S
- SAN JUAN, 16 de Julio de 2020
- Boletín Oficial, 30 de Septiembre de 2020
- Vigente, de alcance general
LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN SANCIONA CON FUERZA DE LEY:
ARTÍCULO 1º.- Se aprueba el Convenio Ejecución Plan Nacional Argentina contra el Hambre - Plan Nacional de Seguridad Alimentaria Funcionamiento de Comedores Escolares año 2020, suscripto en marzo de 2020, celebrado entre el Ministerio de Desarrollo Social de la Nación y el Ministerio de Desarrollo Humano y Promoción Social de la Provincia de San Juan, con el objeto de garantizar la seguridad alimentaria de personas en condiciones de vulnerabilidad social que asisten a los comedores escolares de la Provincia, ratificado por Decreto Nº. 0777-MDHyPS-2020 del 8 de junio de 2020.
ARTÍCULO 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
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Fuente de Información

➥ Se conocieron las condenas por la sedición policial de diciembre de 2013
➥ Condenaron por abuso sexual agravado a quien decía tener poderes sobrenaturales para llevar a cabo su cometido
➥ Rechazaron el amparo para evitar espectáculos de jineteada y doma entendiendo que no representan crueldad equina
➥ El Jurado de Enjuiciamiento absolvió al juez cuya secretaria le había imputado acoso sexual