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- LEY 2.101-A
- SAN JUAN, 30 de Julio de 2020
- Boletín Oficial, 5 de Octubre de 2020
- Vigente, de alcance general
LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN SANCIONA CON FUERZA DE LEY:
ARTÍCULO 1°.- Se aprueba el Convenio Marco celebrado entre el Ministerio de Obras Públicas de la Nación, y el Gobierno de la Provincia de San Juan, para la ejecución y reactivación de las obras tendientes a resolver la situación sanitaria de la población, a fin de mejorar la calidad de vida, fomentar el desarrollo de la infraestructura, la mejora en el acceso al agua potable y saneamiento en las localidades de los departamentos de Rawson y Jáchal; ratificado por Decreto N° 0839-MOSP-2020, del 26 de junio de 2020.
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
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Fuente de Información

➥ Se conocieron las condenas por la sedición policial de diciembre de 2013
➥ Condenaron por abuso sexual agravado a quien decía tener poderes sobrenaturales para llevar a cabo su cometido
➥ Rechazaron el amparo para evitar espectáculos de jineteada y doma entendiendo que no representan crueldad equina
➥ El Jurado de Enjuiciamiento absolvió al juez cuya secretaria le había imputado acoso sexual