- Volver al boletín
- LEY 15.190
- LA PLATA, 10 de Septiembre de 2020
- Boletín Oficial, 7 de Octubre de 2020
- Vigente, de alcance general
La Legislatura de la provincia sanciona con fuerza de Ley:
ARTÍCULO 1°: Declárase "Paisaje Protegido de Interés Provincial", en los términos de la Ley 12.704, al predio denominado "Golf de la Localidad de Villa Adelina", ubicado en el Municipio de San Isidro, denominado catastralmente como: circunscripción V, sección B, parcela 1, ubicado entre las calles Fondo de la Legua, Luis María Drago, José María Moreno, Rivera y la Colectora Oeste, actualmente perteneciente al Estado Nacional.
ARTÍCULO 2°: La presente Ley tiene por objeto conservar y preservar la integridad del paisaje geográfico, geomorfológico, turístico y urbanístico del área especificada en el artículo 1°.
ARTÍCULO 3°: Las autoridades municipales y provinciales deberán coordinar su accionar a los efectos de arbitrar los medios para procurar la preservación del área, armonizando las actividades desarrolladas por el hombre con el ambiente protegido, según lo establecido en el artículo 5° de la Ley 12.704.
ARTÍCULO 4°: Autorízase al Poder Ejecutivo a realizar en el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos para el ejercicio vigente, las adecuaciones presupuestarias que resulten necesarias para el cumplimiento de la presente Ley.
ARTÍCULO 5°: La presente Ley deberá ser reglamentada dentro de los sesenta (60) días contados desde su sanción.
ARTÍCULO 6º: Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Más Leyes Provinciales...
Fuente de Información

➥ Se conocieron las condenas por la sedición policial de diciembre de 2013
➥ Condenaron por abuso sexual agravado a quien decía tener poderes sobrenaturales para llevar a cabo su cometido
➥ Rechazaron el amparo para evitar espectáculos de jineteada y doma entendiendo que no representan crueldad equina
➥ El Jurado de Enjuiciamiento absolvió al juez cuya secretaria le había imputado acoso sexual